Trabajar en Suiza

Trabajar en Suiza: Información y enlaces sobre inscripciones y permisos, salario mínimo y medio, autoempleo, prestaciones sociales, y desempleo de extranjeras y extranjeros en Suiza.

Trabajar en Suiza siendo ciudadano de un país de la UE o de la AELS

La libre circulación de personas permite en principio entrar, vivir y trabajar en Suiza a los ciudadanos de un país de la UE o de la AELS. Sin embargo, hay reglas especiales para los países de la UE-8 y para los países de la UE-17 (cláusula de salvaguarda), así como para Rumanía y Bulgaria

Trabajar en Suiza siendo ciudadano de un país de la UE/de la AELS (it/fr/en/de)

Reconocimiento de títulos mexicanos en Suiza

En Suiza existen profesiones reglamentadas y no reglamentadas, lo cual es importante a la hora del reconocimiento de diplomas extranjeros.

En el enlace de la Secretaría de Estado de Educación, Investigación e Innovación (SEFRI) se puede encontrar información detallada sobre el tema.

Las autoridades e instituciones competentes deciden la equivalencia de un diploma extranjero con el diploma o certificado suizo. Si existieran diferencias importantes en la formación, es posible que sea necesario completar la formación en Suiza. El procedimiento general de reconocimiento de títulos consta de dos etapas:

1. En el país de origen del profesional (México)

De acuerdo al Convenio de La Haya, pueden apostillar su título en la Secretaría mexicana de Gobernación del Gobierno Federal, en la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión ubicada en la calle Río Amazonas Número 62, planta baja, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06500. Ciudad de México. Teléfono + 52 55 5093 3000, extensión 35036 o 35050.

2. En el país de destino (Suiza)

La Secretaria de Estado de la Formación, Investigación e Innovación (SEFRI) tiene las competencias para el reconocimiento de los títulos extranjeros de formación profesional y universitarios que permiten ejercer una profesión reglamentada en Suiza. 

Informaciones (en inglés)

En caso de profesiones no reglamentadas, en principio no es necesario solicitar el reconocimiento del título. El empleador decide la equivalencia del título.